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Reclamaciones de Seguridad Social más frecuentes.
Legislación relacionada.

Reclamaciones de Seguridad Social más frecuentes:

- Solicitud de Incapacidad Permanente Parcial, Total, Absoluta, o Gran Invalidez, en función del grado en el que el trabajador, por las secuelas físicas o psíquicas que sufre, ha quedado limitado para realizar sus funciones habitual. El grado parcial conlleva un único pago equivalente a 24 veces la base reguladora. El grado total supone una pensión vitalicia del 55 % de la base reguladora que pasa a ser del 75% cuando se alcanzan los 55 años. La incapacidad permanente absoluta supone percibir el 100 % de la base reguladora, que se incrementa en un 50 %, para compensar la necesidad de ayuda de una tercera persona, en el caso de la Gran Invalidez.

- Reclamación de Lesiones no Invalidantes, indemnizaciones que proceden cuando el trabajador sufre daños físicos que no revisten la entidad suficiente para que se le declare una Incapacidad Permanente.

- Impugnación de alta médica, cuando la Seguridad Social o la Mutua expiden el alta médica a pesar de que el trabajador, todavía necesita más atención médica, y continúa imposibilitado para trabajar.

- Recargo de prestaciones de la Seguridad Social, por la cual el trabajador puede ver incrementado su prestación de Incapacidad Temporal (baja laboral), o Incapacidad Permanente entre un 30 y un 50 %, en los casos en los que el accidente laboral se debió a la omisión de medidas de seguridad por parte del empresario. El procedimiento puede ser instado por el trabajador solicitándolo ante la Inspección de trabajo, que emitirá la correspondiente propuesta, y ha de ser resuelto por el INSS.

-Reclamación de mejoras previstas en Convenio Colectivo, ligadas al fallecimiento, a la declaración de incapacidad de un trabajador, o a la prestación de incapacidad temporal.

En general, la documentación que resultará necesaria para entablar adecuadamente este tipo de acción son: el contrato de trabajo, el parte de accidente de trabajo, los informes médicos relacionados con el caso y, si se trata de un accidente “in itinere”, el parte amistoso de accidente o el atestado policial.

Legislación relacionada:

- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, Ley General de la Seguridad Social
- Ley 20/2007, de 11 de julio, Estatuto del Trabajador Autónomo
- Decreto 2530/1970, de 20 de agosto,Regimen Especial Trabajadores Autónomos
- Ley 36/2011. de la Jurisdicción Social
- Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social
- Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, Reglamento General sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y variación de datos de trabajadores
- Decreto 2123/1971, de 23 de julio, Regimen Especial Agrario
- Real Decreto 1430/2009, de 11 de septiembre, sobre medidas relacionadas con la Prestación de Incapacidad Temporal
- Orden de 13-10-1967 sobre prestación de Incapacidad laboral transitoria
- Real Decreto 1993/1995, Reglamento de Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia


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